Sección 27 Deterioro del Valor de los Activos
Información a revelar
27.32 Una entidad revelará, para cada clase de activos indicada en el párrafo 27.33, la siguiente información:
(a) El importe de las pérdidas por deterioro del valor reconocidas en el resultado durante el periodo y la partida o partidas del estado del resultado integral (y del estado de resultados, si se presenta) en las que esas pérdidas por deterioro del valor estén incluidas.
(b) El importe de las reversiones de pérdidas por deterioro del valor reconocidas en el resultado del periodo y la partida o partidas del estado del resultado integral (y del estado de resultados, si se presenta) en que tales pérdidas por deterioro del valor se revirtieron.
27.33 Una entidad revelará la información que requiere el párrafo 27.32 para las siguientes clases de activos:
(a) Inventarios.
(b) Propiedades, plantas y equipos (incluidas las propiedades de inversión contabilizadas por el método del costo).
(c) Plusvalía.
(d) Activos intangibles diferentes de la plusvalía.
(e) Inversiones en asociadas
(f) Inversiones en negocios conjuntos.